
El secretario de Educación del Estado de Tabasco, Guillermo Narváez Osorio, impartió la conferencia Taller de Responsabilidad Jurídica del Director Responsable de Obra (DRO) y el Corresponsable de Obra (CDO), invitado por el Colegio de Ingenieros Civiles de Tabasco (CICT) A. C., que preside Miguel Serrano de la Rosa.
Durante el evento realizado en el Centro Internacional de Vinculación y Enseñanza (CIVE) de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT), el responsable de la política educativa, especialista en derecho, académico universitario y notario público, analizó los cambios y modificaciones que presenta el nuevo Reglamento de Construcción del Ayuntamiento de Centro, en cuanto al papel que desempeñan los DRO y CDO.
La conferencia organizada por el CICT, el Instituto y Colegio de Ingenieros Civiles de Tabasco y el Colegio de Arquitectos Tabasqueños, tuvo como objetivo que los profesionales de la construcción conozcan la normatividad actualizada y puedan ejercer de mejor manera las diferentes áreas de su profesión no solo como ingenieros civiles, sino también como especialistas de las diferentes ramas que la constituyen tales como estructuras, ingeniería sísmica, geotérmica, hidráulica y de vías terrestres, entre otros.
Desde una visión jurídica, el también ex presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien desde hace varios años viene sosteniendo este tipo de platica con los profesionales de la ingeniería civil puntualizó que, si bien el nuevo documento que reglamenta las construcciones en Tabasco tomó en cuenta las propuestas planteadas por los colegios del ramo, contempla mayores responsabilidades para los directores y codirectores responsables de obra.
Explicó que la materia que tiene que ver con el desarrollo urbano y con las regulaciones hechas al mismo, está contemplado en la Constitución General de la República, como un tema reservado en el artículo 115 a los municipios y en concordancia con la ley federal la Constitución estatal también deriva estas obligaciones a los municipios, los cuales las establecen en su Ley Orgánica Municipal.
Refirió que, en el caso específico del Reglamento de Construcciones, tiene que ver con toda la materia y todo lo concerniente a regular de manera correcta las edificaciones y construcciones que se dan fundamentalmente en las zonas urbanas, aunque esto no hace diferenciaciones específicas, y se pueden aplicar en las áreas rurales.
Analizó que a raíz del gran sismo de 1985 que afectó principalmente a la Ciudad de México, se dieron cambios en materia de construcción en el país, lo cual derivó en modificaciones a la legislación del ramo en cuanto a especificaciones y requerimientos técnicos, con el fin de dar mayor seguridad en la edificación de edificios, viviendas y construcciones de todo tipo.
Todo esto trajo consigo mayores responsabilidades hacia quienes tienen la obligación de construir y quienes vigilan las construcciones, es decir los particulares y los profesionales de la materia, señaló.
Al concluir su ponencia, el secretario de Educación Guillermo Narváez Osorio, recibió de manos del presidente del CICT A. C., Miguel Serrano de la Rosa, un reconocimiento por su participación.